Trastorno Explosivo Intermitente
A. Arrebatos recurrentes en el comportamiento que reflejan una
falta de control de los impulsos de agresividad, manifestada por
una de las siguientes:
1. Agresión verbal (p. ej., berrinches, diatribas, disputas verbales
o peleas) o agresión física contra la propiedad, los animales u otros individuos, en promedio dos veces por
semana, durante un periodo de tres meses. La agresión física
no provoca daños ni destrucción de la propiedad, ni provoca
lesiones físicas a los animales ni a otros individuos.
2. Tres arrebatos en el comportamiento que provoquen daños
o destrucción de la propiedad o agresión física con lesiones
a animales u otros individuos, sucedidas en los últimos doce
meses.
B. La magnitud de la agresividad expresada durante los arrebatos
recurrentes es bastante desproporcionada con respecto a la provocación
o cualquier factor estresante psicosocial desencadenante.
C. Los arrebatos agresivos recurrentes no son premeditados (es
decir, son impulsivos o provocados por la ira) ni persiguen ningún
objetivo tangible (p. ej., dinero, poder, intimidación).
D. Los arrebatos agresivos recurrentes provocan un marcado malestar
en el individuo, alteran su rendimiento laboral o sus relaciones
interpersonales, tienen consecuencias económicas o
legales.
E. El individuo tiene una edad cronológica de seis años por lo menos
(o un grado de desarrollo equivalente).
F. Los arrebatos agresivos recurrentes no se explican mejor por
otro trastorno mental (p. ej., trastorno depresivo mayor, trastorno
bipolar, trastorno de desregulación perturbador del estado de
ánimo, trastorno psicótico, trastorno de la personalidad antisocial,
trastorno de personalidad límite), ni se pueden atribuir a otra
afección médica (p. ej., traumatismo craneoencefálico, enfermedad
de Alzheimer) ni a los efectos fisiológicos de alguna sustancia
(p. ej., drogadicción, medicación). En los niños de edades
comprendidas entre 6 y 18 años, a un comportamiento agresivo
que forme parte de un trastorno de adaptación no se le debe
asignar este diagnóstico.
Nota: Este diagnóstico se puede establecer además del diagnóstico
de trastorno de déficit de atención con hiperactividad, trastornos de
conducta, trastorno negativista desafiante o trastorno del espectro
del autismo, cuando los arrebatos agresivos impulsivos recurrentes
superen a los que habitualmente se observan en estos trastornos y
requieran atención clínica independiente.
Trastorno de Conducta
A. Un patrón repetitivo y persistente de comportamiento en el que
no se respetan los derechos básicos de otros, las normas o reglas
sociales propias de la edad, lo que se manifiesta por la presencia
en los doce últimos meses de por lo menos tres de los
quince criterios siguientes en cualquier de las categorías siguientes,
existiendo por lo menos uno en los últimos seis meses:
Agresión a personas y animales
1. A menudo acosa, amenaza o intimada a otros.
2. A menudo inicia peleas.
3. Ha usado un arma que puede provocar serios daños a terceros
(p. ej., un bastón, un ladrillo, una botella rota, un cuchillo,
un arma).
4. Ha ejercido la crueldad física contra personas.
5. Ha ejercido la crueldad física contra animales.
6. Ha robado enfrentándose a una víctima (p. ej., atraco, robo
de un monedero, extorsión, atraco a mano armada).
7. Ha violado sexualmente a alguien.
Destrucción de la propiedad
8. Ha prendido fuego deliberadamente con la intención de provocar
daños graves.
9. Ha destruido deliberadamente la propiedad de alguien (pero
no por medio del fuego).
Engaño o robo
10. Ha invadido la casa, edificio o automóvil de alguien.
11. A menudo miente para obtener objetos o favores, o para evitar
obligaciones (p. ej. “engaña” a otros).
12. Ha robado objetos de valor no triviales sin enfrentarse a la
víctima (p. ej., hurto en una tienda sin violencia ni invasión;
falsificación).
Incumplimiento grave de las normas
13. A menudo sale por la noche a pesar de la prohibición de sus
padres, empezando antes de los 13 años.
14. Ha pasado una noche fuera de casa sin permiso mientras vivía
con sus padres o en un hogar de acogida, por lo menos
dos veces o una vez si estuvo ausente durante un tiempo
prolongado.
15. A menudo falta en la escuela, empezando antes de los 13
años.
B. El trastorno del comportamiento provoca un malestar clínicamente
significativo en las áreas social, académica o laboral.
C. Si la edad del individuo es de 18 años o más, no se cumplen los
criterios de trastorno de la personalidad antisocial.